passportLos documentos públicos extranjeros se deben presentar debidamente legalizados, para que tengan efectos en los procedimientos. No obstante, los documentos expedidos en países miembros de la Unión Europea, en países firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o bien en Suiza no es necesario legalizarlos.
Los documentos públicos extranjeros que intervienen más habitualmente en los procedimientos de solicitudes de autorizaciones de residencia o trabajo son los que acreditan el vínculo familiar o la ausencia de antecedentes penales en el país de origen o procedencia. También pueden intervenir otros documentos, como por ejemplo los títulos académicos. Si el documento no está redactado en castellano o catalán, además de la legalización, se deberá presentar la correspondiente traducción oficial al castellano o al catalán. Sin embargo, en el caso de documentos ya legalizados que se presenten en inglés o francés no será necesario aportar la traducción al castellano o catalán; siempre y cuando su contenido no sea complejo y su interpretación sea intuitiva y directa.

1. Legalización de documentos extranjeros 

En función del país que haya expedido el documento, la legalización se hará conforme a uno de los dos procedimientos siguientes:

a) Apostilla de la Haya.
b) Vía diplomática.