
Los documentos públicos extranjeros que intervienen más habitualmente en los procedimientos de solicitudes de autorizaciones de residencia o trabajo son los que acreditan el vínculo familiar o la ausencia de antecedentes penales en el país de origen o procedencia. También pueden intervenir otros documentos, como por ejemplo los títulos académicos. Si el documento no está redactado en castellano o catalán, además de la legalización, se deberá presentar la correspondiente traducción oficial al castellano o al catalán. Sin embargo, en el caso de documentos ya legalizados que se presenten en inglés o francés no será necesario aportar la traducción al castellano o catalán; siempre y cuando su contenido no sea complejo y su interpretación sea intuitiva y directa.
1. Legalización de documentos extranjeros
En función del país que haya expedido el documento, la legalización se hará conforme a uno de los dos procedimientos siguientes:
a) Apostilla de la Haya.
b) Vía diplomática.
1. Legalización de documentos extranjeros
En función del país que haya expedido el documento, la legalización se hará conforme a uno de los dos procedimientos siguientes:
a) Apostilla de la Haya.
b) Vía diplomática.